Paraguay tiene reputación de ser un país muy abierto a las criptomonedas y con una legislación favorable tanto para el desarrollo del sector como desde el punto de vista fiscal. Aunque puede aplicarse una controvertida obligación de declarar las transacciones cripto a algunos sujetos1, Paraguay sigue siendo una de las mejores jurisdicciones fiscalmente favorables para expatriados internacionales.
Además de ser un destino codiciado para quienes desean evitar las ganancias de capital en la venta de criptomonedas, lo cual es totalmente posible gracias al sistema tributario territorial, Paraguay también está empezando a atraer startups Web3. Esto es gracias a la reforma de 2025 que introdujo, por primera vez en Sudamérica, un marco para la tokenización de proyectos2. Hoy en Paraguay es posible tokenizar proyectos inmobiliarios, empresas, flujos de caja y cualquier otro tipo de activo o participación económica, aprovechando la misma claridad y regulación reservada para las acciones de empresas cotizadas.
Si estás pensando en trasladar tu residencia fiscal a Paraguay, no dudes en contactarnos para una consulta fiscal gratuita y personalizada. Nuestros expertos estarán encantados de ayudarte a comprender mejor cómo se aplica el código tributario paraguayo a tu caso específico.

Tratamiento legal de las criptomonedas en Paraguay
La tributación de las criptomonedas en Paraguay está regulada por la consulta vinculante n.º 582 de octubre de 2024.3 Este es un tipo de documento emitido por la DNIT, la autoridad tributaria de Paraguay, cuando se le consulta específicamente sobre un tema. Cuando una solicitud es «vinculante«, significa que se convierte en una referencia fiscal para todo el país que funciona a la par de una verdadera ley.
Para quienes no están familiarizados con la tributación en Paraguay, normalmente todo tipo de ingreso o ganancia de capital está regulado por la Ley 6380/19. Esta ley, que reemplaza una reforma anterior de 1994, se considera la base de todas las formas de tributación en Paraguay. Las criptomonedas, sin embargo, no fueron contempladas en esta ley. De ahí la duda: ¿cómo deben considerarse las criptomonedas? ¿Son un activo? ¿Pueden considerarse una moneda? ¿Cómo deben tributarse las operaciones con criptomonedas?
La consulta vinculante 582 aclara todas estas cuestiones, definiendo que el tratamiento de las criptomonedas en Paraguay será el siguiente:
- No se consideran ni monedas ni instrumentos financieros (como acciones o bonos);
- Se consideran un bien, exactamente como un teléfono, una mesa o cualquier otro objeto;
- Si recibes, envías o usas cripto para comprar o vender bienes por un valor superior a 5.000 $ al año, a partir de 2026, es obligatorio declarar tus transacciones a la autoridad fiscal4. Esto no afecta a la tributación y no se aplica si operas tus monederos a través de cualquier estructura offshore, como una LLC estadounidense, una fundación panameña, una LLC de Nevis o cualquier otro tipo de estructura empresarial offshore.
Tributación sobre criptomonedas en Paraguay
La DNIT, con su consulta vinculante, estableció que:
- La venta de criptomonedas a cambio de dinero está sujeta al 10% de IRE («Impuesto a la Renta Empresarial«) sobre las ganancias de capital generadas, en caso de que una empresa realice la venta y que esta tenga lugar en Paraguay;
- Dado que las personas físicas no están sujetas al IRE sino al IRP («Impuesto a la Renta Personal«), las regulaciones no exigen que los particulares paguen impuestos sobre las ganancias de capital generadas en Paraguay o en el extranjero;
- En el caso de la venta de bienes o servicios, con pago en criptomonedas, se considera un trueque. Esto significa que ambas partes deben aplicar IVA sobre la transacción, cancelando efectivamente la tributación neta para ambas. De hecho, cada una de las dos partes, aunque aplique IVA, podrá luego deducir el IVA aplicado por la contraparte en su declaración fiscal del impuesto;
- La venta de criptomonedas no está sujeta al IVA;
- La oferta de servicios de intermediación está sujeta al IVA (10%) solo sobre las comisiones aplicadas a los clientes.
Además, sigue vigente el criterio de imposición tributaria territorial que siempre se aplica a cualquier transacción en Paraguay. Las transacciones que ocurren fuera del territorio nacional no están sujetas a ningún impuesto en Paraguay.
Declaración obligatoria de criptomonedas
Con la introducción de la resolución 47/2026, la autoridad fiscal paraguaya hizo obligatorio declarar las operaciones que involucren cripto para todas las personas físicas residentes y empresas con sede en Paraguay, si su volumen de negocio anual supera los 5.000 $. Esta nueva ley tiene pros y contras:
- Te permite justificar ingresos cripto, haciendo posible mostrar una declaración fiscal (aunque no se deba ningún impuesto) a tu país de origen. Esto significa que puedes demostrar a tu país de origen que has declarado todas tus transacciones cripto, evitando incidentes sobre la legitimidad de tu residencia fiscal;
- Los bancos paraguayos ahora aceptan recibir fondos cripto que se declaren correctamente a la DNIT. Anteriormente, los bancos locales no aceptaban ningún fondo procedente de actividad cripto debido a la falta de estándares de declaración;
- Puede evitarse fácil y legalmente operando tu cripto a través de una LLC estadounidense o cualquier otro tipo de estructura empresarial fiscalmente favorable que no tenga sede en Paraguay.
Al mismo tiempo, esta nueva regulación interfiere con la libertad financiera y la naturaleza anónima de las cripto. Si deseas profundizar en el tema en una llamada con nuestro equipo, puedes contactarnos gratuitamente en cualquier momento.
Exchanges internacionales y locales disponibles
Por el momento existe un vacío regulatorio respecto a la oferta de servicios de intermediación de criptomonedas en Paraguay. De hecho, por un lado, está la reforma Del mercado de Valores publicada en 2025 que establece que solo las empresas registradas como «Casas De Bolsa» (corredores) pueden ofrecer este servicio en Paraguay.
Por otro lado, está la SEPRELAD, la autoridad nacional antilavado de dinero, que establece reglas diferentes5. La SEPRELAD permite que toda empresa internacional opere en Paraguay, siempre que respete algunos criterios:
- Aplicación de KYC y KYB;
- Rastreo del origen de los fondos;
- Reporte de transacciones sospechosas;
- Seguimiento de las mismas regulaciones antilavado de dinero aplicadas por bancos y empresas fintech reguladas.
En cualquier caso, casi todos los principales exchanges de criptomonedas del mundo continúan operando en Paraguay en este momento. Entre estos, es posible usar:
- Binance
- ByBit
- OkCoin
- OKX
- Crypto.com
Kraken y Coinbase, en cambio, están disponibles actualmente solo con un servicio limitado.
En cuanto a exchanges de criptomonedas locales, el mayor actor es X4T ubicado en Asunción y disponible también a través de aplicación móvil y aplicación web. Otra opción conocida es BitBase, no muy lejos. Hasta ahora ningún otro exchange de criptomonedas local ha sido autorizado por la SEPRELAD.
Fuentes
- https://www.dnit.gov.py/web/portal-institucional/w/resoluci%C3%B3n-general-dnit-n%C2%B0-47/26 ↩︎
- Ley 7572/25 Capítulo 1, Art. 73, accesible en https://www.bolsadevalores.com.py/wp-content/uploads/2025/11/LEY-N%C2%B0-7.572.-MERCADO-DE-VALORES-Y-PRODUCTOS-2.pdf ↩︎
- https://www.dnit.gov.py/documents/20123/422349/Tratamiento+impositivo+de+las+operaciones+con+criptomonedas+N%C2%B0+582+CV.pdf/94a2886c-9965-d1ae-28d6-23ecc30c5372?t=1738678573494 ↩︎
- https://www.dnit.gov.py/documents/20123/2664257/Resolucion+General+DNIT+N_%C2%B0+47_Criptoactivos_firmado.pdf/c948aa9b-a565-c20b-5036-33a6e4fa0bc1?t=1773179087281 ↩︎
- https://www.seprelad.gov.py/documentos/Activos%20Virtuales.pdf ↩︎